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lunes, 31 de marzo de 2008

EJERCICIO "A"

1.-CUALES SON LAS FUNCIONES DE LOS SINDICATOS DE TRABAJADORES?
1)
Luchar por el mejoramiento de las condiciones de vida de los trabajadores: salario, alimentación, vestido, educación, descanso, diversión, condiciones de trabajo, etc.
2) Defender todo tipo de derechos laborales y políticos de los trabajadores tanto en la empresa donde laboran, como en la unión y solidaridad con los demás trabajadores y pueblo en general.
3) Vigilar el cumplimiento del contrato colectivo y de la Ley Federal de Trabajo.
4) Fomentar la educación y la capacitación de los trabajadores.
5) mantener y promover la unidad en la acción, las ideas y los principios de los trabajadores.
6) Apoyar a todas las luchas sindicales del pueblo en general que combate la explotación.

2.-CUANTOS TIPOS DE CONTRATO DE TRABAJO HAY Y DESCRIBE CADA UNO DE ELLOS.
CONTRATO COLECTIVO: Convenio celebrado por uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con el objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una o más empresas o establecimientos (art. 386- Ley Fed. Trab.)
CONTRATO DE TRABAJO INDIVIDUAL: Es una acuerdo de voluntades que genera derechos y obligaciones. En este acuerdo concurren una persona o una empresa que se llama empleador y otra persona que se llama trabajador. Por este acuerdo de trabajador queda obligado a presentar servicios al empleador, en forma dependiente y subordinada de sus órdenes, y por otro lado, le cabe al empleador la obligación de pago o remuneración por esos servicios. (Art. 7 Ley Fed. Trab.)

3.- ANTE QUE DEPENDENCIA SE REGISTRAN LOS CONTRATOS DE TRABAJO?
CONTRATO COLECTIVO:
Ante la secretaria de trabajo y previsión social.
CONTRATO INDIVIDUAL: Se hace en la misma empresa, entre el patrón y el trabajador.


4.- CUANDO EXISTEN PROBLEMAS SINDICATO-PATRON, QUIEN ES LA AUTORIDAD ENCARGADA PARA MEDIR O SUBSANAR ESTE PROBLEMA LABORAL.
Ante la junta de Conciliación y Arbitraje.

5.-QUE SE SUGIERE HACER EN LAS NEGOCIACIONES DE UN CONTRATO DE TRABAJO Y QUE NO
QUE HACER:
-Buscar que las negociaciones sean en privado; nunca recurrir a medios publicitarios
-Guardar el sentido de la justicia. Permitir que el adversario también gane y se llegue a un común acuerdo. De otra forma solo se agudizara el problema.
-Iniciar las platicas abordando primero los temas sencillos y sobre los que es fácil de concordar.
-Recordar que las negociaciones que adelanten en este momento se reemplazaran cuando expire el contrato.
-Ser parco en las concesiones y ofertas.
-Describir los progresos del pasado, refiriéndose a las nuevas contraofertas.
-Apegarse estrictamente a los lineamientos legales.
QUE NO HACER:
-No llegar al límite de tus ofertas de inmediato. Tu adversario siempre pensara que puede llegar “más allá”
-Evitar siempre llegar a un “no” absoluto a menos que tu organización te brinde un total respaldo.
-Nunca faltar a la confidencialidad. Si la otra parte respeta tu discreción, tu también tienes un punto a favor.
-Obtener un arreglo demasiado rápido puede conducir a sospechas y desconfianza, en especial de los sindicatos.
-Impedir que tu adversario acuda con otro funcionario de un nivel jerárquico mayor, debe respetar la guía escalafonaria.
-Desalentar la participación del personal no experimentado o con poca o con ninguna experiencia en negociación

6.-INVESTIGA EN LAS LEYES CORRESPONDIENTES QUE ARTICULO AMPARA EL DERECHO DE HUELGA DE LOS TRABAJADORES
ARTICULO 449. DE LA L.F.T.
La junta de Conciliación y arbitraje y las autoridades civiles correspondientes deberán hacer respetar el derecho de huelga, dando a los trabajadores las garantías necesarias y prestándoles el auxilio que soliciten para suspender el trabajo.

8.- EN QUE CONSISTE EL REGLAMENTO DE TRABAJO Y EN QUE LEY ESTA AMPARADO
REGLAMENTO DE TRABAJO:
Son disposiciones obligatorias bajo las cuales se rige una empresa y trabajadores internamente, durante su actividad laboral.

Se ampara en El Código del Trabajo, en su artículo 64.

9.-LOS DIAS NO LABORABLES.
1 Enero, (Inicio de Año)
5 Febrero, (Dia de la constitución) pasa al primer lunes de Febrero.
21 Marzo, (Natalicio de Don Benito Juárez) pasa al tercer lunes de Marzo
1 Mayo, (Día del trabajo)
16 Septiembre, (Día de la independencia)
20 Noviembre, (Día de la Revolución Mexicana) pasa al tercer lunes de Noviembre.
1 Diciembre, (cada seis años por transmisión del ejecutivo en el poder)
25 Diciembre (Día de navidad)

11.-INVESTIGA LOS MOTIVOS POR LOS CUALES SE PUEDE RESCINDIR UN CONTRATO A UN TRABAJADOR.

1.-Mutuo acuerdo por las partes.
2.-Causas consignadas en el contrato.
3.-Finalización del tiempo convenido o realización de la obra o servicio contratada.
4.-Dimisión del trabajador.
5.-Rescisión del contrato.
6.-Por causas que afectan al trabajador
• Muerte
• Invalidez permanente
• Jubilación
7.-Por causas que afectan al empresario
• Muerte
• Invalidez del empresario
• Jubilación
• Extinción de la personalidad jurídica
8.-Causas Objetivas.
9.-Despidos colectivos.
10.-Fuerza mayor.
11.-Despido disciplinario.

12.- INVESTIGA EN LA LEY CORRESPONDIENTE, LOS DATOS QUE DEBE DE CONTERNER LOS CONTRATOS DE TRABAJO SEGÚN LA LEY.

ARTICULO 25. DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO EL ESCRITO EN QUE CONSTEN LAS CONDICIONES DE TRABAJO DEBERA CONTENER:

I. Nombre, Nacionalidad, Edad, Sexo, estado civil, y domicilio del trabajador y del patrón.
II. Si la relación de trabajo es por obra o tiempo determinado o tiempo indeterminado.
III. El servicio o servicios que deban prestarse, los que determinaran con la mayor precisión posible.
IV. El lugar o los lugares donde debe presentarse el trabajo.
V. La duración de la jornada.
VI. La forma y monto del salario.
VII. El día y el lugar de pago del salario.
VIII. La indicación de que el trabajador será capacitado o adiestrado en los términos de los planes y programas establecidos o que se establezcan en la empresa, conforme a lo dispuesto en esta ley.
IX. Otras condiciones de trabajo, tales como días de descanso, vacaciones y demás que convengan el trabajador y el patrón.